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lunes, 10 de junio de 2013

La función de las empresas en el empleo y la formación profesional



No tiene desperdicio el Dictamen Económico y Social Europeo publicado el día 6 de Junio de 2013 en el Diario Oficial de la Unión Europea .

Les dejo con el Dictamen del que he destacado algunos apartados pues su conjunto es sumamente interesante, del que iremos comentando varios de sus apartados.

Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre el tema «Creación de empleo a través del aprendizaje profesional y la formación profesional permanente: el papel de las empresas en la educación en la UE» (Dictamen de iniciativa)

El Comité recomienda a las empresas que, junto con otros actores del ámbito laboral, colaboren estrechamente con las escuelas y con las instituciones educativas participando de manera activa en la creación de contenidos y programas de enseñanza en la formación profesional, en función de los resultados esperados. Esta cooperación también debe reflejarse en la formación de profesores y maestros para la formación práctica en el marco de la formación profesional.


 3.4 Dado el aumento del desempleo y el insuficiente crecimiento económico de la coyuntura actual, se impone urgentemente la necesidad de saber aprovechar las nuevas oportunidades de aprendizaje, incluidas las que quedan fuera del sistema formal. Por esta razón, la Recomendación del Consejo sobre la validación del aprendizaje no formal e informal (15) constituye una contribución a la aceleración de las reformas a nivel de la UE 

Y a pesar de lo que están diciendo desde Bruselas en la Comunidad Valenciana ¿NO APUESTAN POR LAS ESCUELAS TALLER?

En el punto 4.5.4  del DOUE : Al mismo tiempo que desaparecen las escuelas técnicas, desaparecen también los profesores de la formación profe­sional. Por ese motivo es necesario garantizar un número suficiente de profesores e instructores de calidad, que deberían conocer las necesidades cambiantes del mercado laboral y cómo transferir los conocimientos técnicos a sus alumnos. Deberían fomentarse el aprendizaje permanente y las prácticas en empre­sas de profesores e instructores. Por ese motivo, los empleadores deberían permitir a aquellos de sus trabajadores que tengan interés y sean aptos, convertirse en formadores de aprendices y becarios en el marco de la propia empresa y asegurarles la preparación pedagógica y psicológica pertinente.
4.6 En el contexto de la colaboración social, los empleadores deben participar, principalmente, en la creación de estrategias nacionales de aprendizaje permanente y en la creación de las condiciones necesarias para el reconocimiento de los resultados del aprendizaje no formal e informal. Las cualificaciones y com­petencias adquiridas a través del aprendizaje no formal e infor­mal deberían ser fomentadas y reconocidas con el fin de au­mentar la capacidad de los jóvenes y el papel que desempeñan en el mercado laboral (27) (28). 

Todo esto se lleva a cabo en las Escuelas Taller desde el año 1988.

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